Información Importante
Esta es la nueva legislación en relación a las vacunaciones antirrábicas y desparasitaciones de animales de compañía de Castilla y León que entró en vigor el dia 8 de Julio de 2016.
- Serán objeto de vacunación antirrábica todos los perros de más de tres meses de edad.
- Se establece la revacunación obligatoria de los perros con periodicidad anual.
- La vacunación de otras especies que intervienen en el ciclo epidemiológico de la enfermedad, en particular gatos y hurones, está recomendada. En el caso de que fueran vacunados, será obligatoria su identificación mediante el mismo sistema y procedimiento descrito en los puntos 1 y 2 del artículo 7.
- La desparasitación contra Echinococcus granulosus será obligatoria en los perros de más de tres meses de edad, y en especial, en aquellos dedicados al pastoreo. La desparasitación se realizará mediante la administración de un antihelmíntico farmacológicamente activo y oficialmente autorizados.
- El tratamiento tendrá una periodicidad mínima de seis meses, siendo recomendable la desparasitación trimestral, mediante prescripción veterinaria, por parte de los propietarios.
- La realización de la desparasitación deberá quedar reflejada en la sección correspondiente del pasaporte del animal.
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